Saltar al contenido
MOTOSAN | MOTOGP, MOTOCICLISMO Y COMPETICIÓN. "Life is Racing"

Intercomunicadores en moto: ¿Es legal llevarlos en el casco?

25 Jul. 19 | 22:00
Foto Wenceslas Lejeune

Hay algunos momentos en los que nuestros viajes en moto se vuelven aburridos y monótonos al no poder tener una conversación con nuestros compañeros de viaje o simplemente escuchar nuestra música favorita. Una práctica solución a este problema es el uso de los intercomunicadores.

Los intercomunicadores de moto no sólo permiten comunicarte con nuestros compañeros de ruta o pasajeros. También es posible conectarlo al GPS y recibir indicaciones, conectarlo a nuestro móvil y recibir llamadas o incluso escuchar música o la radio (dependiendo del modelo). Estos dispositivos se pueden adquirir a partir de aproximadamente 30€. Todas estas funciones y su módico precio hacen que cada vez sea más frecuente su uso entre los motoristas. Pero nos surge la siguiente pregunta: ¿Es legal portar este tipo de dispositivos en el casco?

Basándonos en el Reglamento General de Circulación, existe un apartado en el cual tendría cabida esta disyuntiva. Concretamente, el artículo 18.2 prohíbe “conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido”. Por otra parte, también prohíbe “la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”. Por lo tanto, los intercomunicadores podrían ser considerados ilegales y nos podríamos enfrentar a una posible multa de entre 150 y 200€, además de la posible retirada de tres puntos del carnet.

Intercomunicadores
Foto: BMW Motorrad

Podemos decir que existe un vacío legal al cual se están acogiendo la mayoría de conductores sancionados para recurrir la sanción y es que el intercomunicador no está considerado como un auricular ya que al contrario que los cascos o auriculares, los altavoces de este dispositivo no van pegados ni adheridos a los oídos y por tanto nuestra percepción auditiva no se vería reducida. Además, sus altavoces se encuentran integrados en el casco, siendo equivalentes a los de un coche, los cuales son completamente legales.

Hay que tener en cuenta que son elementos que poseen una gran capacidad de sonido y combinado con el ruido que provoca el aire en nuestro casco, pueden darse ciertas circunstancias en las que nuestras capacidades auditivas si se vean perjudicadas. Esto dependerá de lo silencioso que sea nuestro casco, de las características del intercomunicador y del uso que hagamos de él.

En resumen, la ley no deja clara su postura en cuanto al empleo de los intercomunicadores y es el agente del orden el que deberá interpretar dicha norma. No obstante, si uno es multado por ello, se puede recurrir la sanción y que esta sea anulada por no quedar debidamente reflejada en el reglamento de circulación.

Más MOTOS cada día en MOTOSAN.ES ?, ¿Te SUSCRIBISTE ya en la CAMPANITA ?? ¡Es GRATIS!